El portero y la limpiadora son empleados de la Comunidad

16.06.2013 18:32

Se recuerda a propietarios e inquilinos que el portero y la limpiadora no son sirvientes, sino empleados de la Comunidad; por ello, tienen expresamente prohibida la realización de recados y trabajos particulares, por pequeños que sean, durante su horario de trabajo.

Igualmente, las herramientas de que dispone el portero son para uso exclusivo en los espacios comunes. En ningún caso se prestarán para trabajos particulares.

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